Primera condena de cárcel en Aragón por ruidos para el
dueño de un bar
Un juzgado impone al propietario del "Papa Whisky" dos años
de prisión por un delito contra el medio ambiente y otro de coacciones. Lo inhabilita
como hostelero otros dos. Deberá indemnizar con más de 36.000 euros a la
familia perjudicada por daños morales.
CONTAMINACIÓN ACÚSTICA
GOYENECHE/ GARÚ. Zaragoza | Los
vecinos del Casco Histórico de Zaragoza dieron ayer un paso importante en la
lucha que mantienen desde hace años con los discobares. En una sentencia
ejemplar y casi única en España, el Juzgado de lo Penal número 3 de la capital
aragonesa ha condenado al propietario del bar "Papa Whisky", Juan
Carlos Escó González, a dos años de prisión por el ruido y las continuas
molestias que su local originó durante años a una familia que reside en la
calle del Olmo, justo encima del establecimiento.
El dueño del bar, que no irá a la cárcel por no tener antecedentes penales,
tendrá además que indemnizar a los denunciantes con 36.000 euros. También
deberá cerrar el bar durante dos años, un tiempo durante el cual tampoco podrá
ejercer ninguna actividad relacionada con la hostelería. El fallo no es firme y
el condenado tendrá ahora un plazo de diez días para recurrir ante la Audiencia
Provincial.
En la sentencia, la segunda por vía penal en toda España que falla contra el
dueño de un discobar por problemas de ruido, la juez ha considerado probadas
las molestias que durante años han venido sufriendo los vecinos, y que les
provocaron una situación de estrés y ansiedad y les obligaron a mudarse a casa
de un familiar durante los fines de semana para poder descansar.
El fallo califica de "insostenible" la situación que tuvieron que
soportar el matrimonio denunciante y su hija, y subraya que "el ruido
influye negativamente sobre el sueño y puede afectar seriamente al equilibrio
físico y psicológico en caso de prolongarse la situación". Como relata la
sentencia, el matrimonio tuvo que recibir, incluso, tratamiento médico.
Por todas estas circunstancias, la juez ha estimado los delitos contra el medio
ambiente y de coacción solicitados por la acusación, ejercida por el abogado
Ricardo Agóiz. Por cada uno de ellos, condena al dueño del "Papa
Whisky" a un año de prisión. Aunque la acusación había solicitado también
un delito de lesiones y otras dos faltas, la juez sólo ha estimado finalmente
una falta por imprudencia grave.
Además del cierre del local por dos años y la inhabilitación por el mismo
periodo de tiempo para ejercer de hostelero, Juan Carlos Escó González -que es
dueño de otro establecimiento en la zona del Rollo, que acumula gran número de
quejas y que ha motivado una condena contra el Ayuntamiento por "dejadez
de funciones"- deberá indemnizar a los denunciantes por los daños morales
sufridos. El propietario del "Papa Whisky" habrá de abonar 31.000
euros al matrimonio, a los que habrá de sumar otros 5.000 por los gastos que
tuvo que hacer frente la familia para insonorizar su vivienda. Por último, el
hostelero tendrá que pagar a la Administración dos multas por valor de 1.800 y
360 euros, respectivamente.
La ejecución de la sentencia y el cierre del local, que todavía hoy sigue
molestando a la familia denunciante y a muchos vecinos de la calle del Olmo, no
se producirá de forma inmediata. Aunque el acusado todavía no ha tomado una
decisión al respecto, todo parece indicar a la vista de las declaraciones de su
abogada, Beatriz Cagigas, que recurrirá el fallo ante la Audiencia Provincial.
"Contundencia"
De ser así, ésta estudiará el recurso, lo
que podría demorarse en torno a unos ocho meses. Pero el caso podría llegar,
incluso, hasta el Supremo, lo que alargaría el proceso todavía varios años más.
Así sucedió, por ejemplo, en Palencia, donde se dictó la primera sentencia
condenatoria en España por la vía penal contra el propietario de una discoteca
por un delito medioambiental.
En aquel caso, y tras cuatro años de juicios, el Tribunal
Supremo acabó condenando en 2003 al responsable de la sala de fiestas
"Chapó" a dos años y tres meses de cárcel. Al igual que en el caso de
la calle del Olmo, también se inhabilitó durante dos años al empresario para
desempeñar su oficio de hostelería.
La primera sentencia aragonesa por la vía penal "será,
a partir de ahora, la piedra angular de la lucha de los vecinos contra las
molestias de los discobares", según explicó el abogado de la acusación y
de la Asociación Casco Histérico. Tras dar a conocer el fallo, Ricardo Agóiz
quiso destacar la "contundencia" del fallo y el carácter
"pionero" del mismo.
Además, lanzó un aviso al condenado. Según dijo, estará
"muy vigilante" y en caso de que se produzca una nueva denuncia por
molestias del discobar, la pondrá "inmediatamente en conocimiento" de
la justicia para evitar la suspensión de la pena de prisión que se aplica a
penas inferiores a dos años y a quien no tiene antecedentes, como es el caso.
Heraldo de Aragón, 9 de marzo de 2006