Pros y contras de
declararse insolvente
Su
complejidad y elevado coste cuestionan la idoneidad del actual proceso concursal para particulares
Mayte Rius
- 08/10/2006
Josep Gil y María del Carme Barnet
se convirtieron hace una semana en la primera familia que culmina con éxito un
concurso judicial tras declararse insolvente. Lograron un pacto con sus
acreedores que reduce un 30% la deuda y les da cinco años para ponerse al día
en sus pagos. Las reacciones no se han hecho esperar: organizaciones de
consumidores y expertos en derecho concursal
advierten que declararse insolvente ante un juez no es ningún chollo para
rebajar las deudas, sino un proceso caro y complejo con más fracasos que éxitos
entre particulares.
La mayoría de concursos por deudas de
particulares fracasa, sólo ha habido un caso de acuerdo
Solicitar el concurso no es voluntario, es
obligatorio cuando no se pueden asumir las obligaciones de pago
El caso de Barnet
y Gil es una excepción, porque estaban pendientes de que la Justicia les
reconociera una pensión adicional que, además, generaba el cobro de atrasos,
así que tenían perspectivas de mejorar su solvencia y ofrecían un plan de
viabilidad razonable a sus acreedores. Pero el concurso judicial no es solución
para los problemas de insolvencia de quienes viven de un salario, porque sino
pueden generar más rentas, no resolverán su desajuste patrimonial aunque los
acreedores esperen cinco años". Así de contundente se expresa José María
Fernández Seijo, uno de los cuatro magistrados que
atiende procedimientos concursales en Barcelona, tras
enfatizar que el concurso de esta familia catalana es el primero que se
resuelve con éxito pero no el único tramitado. El resto ha fracasado. Como
muestra explica el caso de una persona con unos ingresos de 900 euros mensuales
que debe 60.000 y para quien el plan de viabilidad pasa por guardar 400 euros
al mes "pero con eso no tiene ni para pagar los intereses de demora, que
son del 15% ó 20% y se aplican mensualmente".
El abogado de Josep Gil y Maria Carme Barnet, Jaume Pich,
asegura que el problema que plantea el actual procedimiento concursal
para los particulares es previo a disponer o no de una propuesta de convenio
viable y está en el acceso al mismo. "Es un proceso complejo, largo y
farragoso, que se tramita en los juzgados provinciales - muchas veces lejos del
afectado-, y además, caro", dice Pich. Y pone
como ejemplo a una familia que quería acogerse a la suspensión de pagos porque
no podía afrontar una deuda de 60.000 euros, "pero sólo para publicar los
edictos a que obliga la ley tenía que desembolsar entre 2.000 y 3.000 euros que
no tenía y, por su salario, tampoco podía acceder a la justicia gratuita".
El resultado es que no pudieron continuar con el procedimiento concursal.
"La Ley Concursal es una norma pensada para las
quiebras y suspensiones de pagos de empresas, no para resolver situaciones de
sobreendeudamiento de familias y consumidores y, a sus dilatados plazos, añade
unos excesivos costes que pueden acabar por incrementar la deuda del
consumidor", aseguran desde la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y
Seguros, Adicae. Y la opinión es compartida por la
gerente del Registro de Economistas Forenses (Refor),
Inés Landín, que reivindica un procedimiento más
barato para resolver las insolvencias de los particulares.
Joan Rojas, economista y administrador judicial en varios concursos, reconoce
que los costes de este proceso pueden ser, "aparentemente",
desincentivadores en función del patrimonio del deudor. Pero subraya que
"acudir al concurso no es una decisión voluntaria, sino obligatoria para
cualquier persona que no pueda cumplir con sus obligaciones de pago de forma
actual o inminente". En este sentido, la ley obliga a solicitar un
concurso en un máximo de dos meses desde que se sepa que se está o se estará en
insolvencia.
Rojas precisa que los tres grandes costes del concurso son los de abogado y
economista - que estima en unos 12.000 euros-, los de procurador y edictos -
que cuantifica en un mínimo de 3.000-, y los del administrador concursal, que son un porcentaje del patrimonio y deuda del
afectado. Opina que "los costes más difíciles de digerir son los iniciales
de las consultoras, los procuradores y la publicación de los edictos, porque
los costes del administrador pueden irse pagando dentro del proceso y el resto
de gastos pueden incluirse en la quita del convenio". Pero advierte que
los costes no son sólo económicos. "Hay que tener en cuenta el impacto que
tiene en la imagen de esa persona, tanto en el ámbito privado - al hacer
público que no puede pagar sus deudas-, como en su limitación de acceso, para
nuevas operaciones, a los canales de financiación", dice Rojas.
Beneficios
Pich, por su parte, cree que a pesar de estos
inconvenientes el concurso puede resultar ventajoso para algunos particulares.
"Al menos en el caso de Gil, los gastos han resultado inferiores a la
quita conseguida, y hay que valorar que, si hace dos años no hubiera solicitado
el concurso, su deuda ahora sería mucho mayor, porque el concurso paralizó la
generación de intereses de demora del 20%", indica. Y agrega que el
concurso también sirve para conseguir quitar la presión de los embargos a esa
familia y lograr un acuerdo en el que no haya ganadores ni perdedores, sino un
ajuste de ambas partes. "Si negocias fuera de concurso con los acreedores,
puedes conseguir pactar con algunos, pero otro te puede instar el embargo e
invalidar el acuerdo; en cambio, el convenio implica a todos, si logras pactar
con la mayoría, el convenio se impone al resto", concluye Pich.
Rojas, por su parte, comenta que el desenlace de los concursos depende mucho
del tipo de acreedor. "Con acreedores hipotecarios y valores inmobiliarios
por encima del pasivo pendiente es difícil llegar a acuerdos si no se consiguió
al refinanciar la deuda, antes de ir al juzgado. En cambio, con acreedores
ordinarios (con créditos sin garantía), es más fácil, por el tiempo que puede
pasar hasta la liquidación y la dificultad de repartir el patrimonio
liquidado", explica. Opina que, de todos modos, la quita y demora que
conlleva un concurso puede servir como arma de negociación precisamente para
alcanzar un acuerdo sin tener que ir al juzgado.
La Vanguardia, 8 octubre de 2006